Las normas de fabricación del vidrio, y más concretamente las normas de templado, recomiendan generalmente perforar a una distancia de 2 veces el espesor del vidrio (distancia entre el borde del vidrio y el borde del orificio). En el caso de los acristalamientos laminados, el espesor del vidrio retenido es el del componente de vidrio más grueso. Por ejemplo, para un acristalamiento 8,6/4, la distancia mínima de perforación es de 2×8 = 16mm. Para las esquinas, deben respetarse otras recomendaciones. Esta respuesta es meramente informativa, debe ser comprobada por nuestro servicio técnico.